Beneficio odontológico exclusivo para afiliados MET '1 implante dental bonificado en Dentis'
Beneficio:
MET Medicina Privada bonifica a sus afiliados 1 (un) implante dental en tratamientos de 2 (dos) o más implantes realizados en Dentis.
1. Vigencia
Beneficio válido desde el 19 de febrero de 2026 hasta el 30 de abril de 2026 o hasta agotar el cupo de beneficios disponibles, lo que ocurra primero.
2. Alcance y aplicación
• DESTINATARIOS: Exclusivo para afiliados activos de MET Medicina Privada.
• CENTROS DE SALUD ADHERIDOS: Aplicable ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE en la clínica Dentis sucursales de Córdoba Capital: Clínica zona centro (Belgrano 66) y Clínica zona norte (Av. Recta Martinolli 5727).
• REQUISITOS: El acceso al beneficio requiere evaluación clínica previa y plan de tratamiento aprobado por el profesional tratante.
3. Condiciones del beneficio
• Se bonifica 1 (un) implante dental por tratamiento, por única vez, con tope de 1 (uno) por año calendario.
• Válido únicamente para tratamientos de 2 o más implantes, por única vez, mientras esté vigente el beneficio.
• No acumulable con otras promociones, descuentos o beneficios vigentes.
• No canjeable por dinero ni transferible a terceros.
4. Requisitos
• Contar con afiliación vigente y encontrarse al día con sus obligaciones administrativas (sin deuda) al momento de solicitar el turno.
• Contar con plan de cobertura médica contratada, de los cuáles son válidos: MA SUPRA, SUPRA CORP, MTA PLUS, MTA, MTB RED, MB INTEGRAL, MB FAMILIA, INTEGRAL CORP, MTB, METNOVO B, PLUS, MTB, MC CLASSIC, MC FAMILIA, CLASSIC CORP, MTC, MTBC, METNOVO C, MTPT, MT CENTRO, MET FLEX, PLAN ALLENDE.
• Acreditar identidad mediante la presentación de DNI y credencial de MET.
• Solicitar turno previo en Dentis indicando afiliación a MET por sus canales habilitados: llamada telefónica al 351-422-3152 o WhatsApp 3518074444
5. Exclusiones
El beneficio no incluye:
• Prótesis, coronas u otros componentes del tratamiento.
• Estudios complementarios, medicación o prácticas no contempladas en el implante bonificado que estén fuera de las prestaciones pactadas entre MET y DENTIS en cumplimiento con el Programa Médico Obligatorio (PMO) y Normas MET.
6. Responsabilidad profesional
El diagnóstico, indicación y ejecución del tratamiento odontológico son responsabilidad exclusiva de los profesionales de Dentis, quienes actuarán bajo su criterio clínico y autonomía profesional.
7. Modificaciones y/o notificaciones
MET se reserva la facultad de modificar las condiciones o dar por concluido el beneficio de manera unilateral, previa notificación por sus canales oficiales, sin que ello genere derecho a reclamo alguno por parte de los beneficiarios.